Cancún, Quintana Roo

La pornografía se castigará como un delito sexual, avala SCJN

Jueves 02 Agosto 2018

La Primera Sala de la Suprema Corte avaló un artículo que considera la producción, comercio y distribución de pornografía como un delito que debe ser castigado con penas de cinco a 15 años de prisión.
En la sesión de este miércoles, la primera del Segundo Periodo de Sesiones de 2018, los ministros estimaron que este tipo de contenido dirigido a adultos debe ser considerado como explotación y delito sexual.
Por ello, declararon constitucional la fracción III del artículo 10 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia de las Víctimas.
Dicho artículo advierte que será sancionado con penas de cinco a 15 años de prisión, y de mil a 30 mil días multa, al que se beneficie económicamente de la explotación de una persona mediante el comercio, distribución, exposición, circulación u oferta de libros, revistas, escritos, grabaciones, filmes, fotografías, anuncios impresos, imágenes u objetos, de carácter lascivo o sexual, reales o simulados, sea de manera física, o a través de cualquier medio.
Dicha ley prevé la excepción de aquel material producido y distribuido con fines como la divulgación científica, artística o técnica, así como de educación sexual o reproductiva.
Esto a menos de que un juez, tras solicitar un dictamen pericial para evaluar si el material en cuestión constituye o no explotación sexual, indique lo contrario.

(FUENTE: EL FINANCIERO)

La ley sancionará con penas de cinco a 15 años de prisión a quien se beneficie económicamente de la explotación de una persona mediante el comercio, distribución y exposición de diversos productos.

Nota escrita por:

Redacción FQ

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