Fiscalía de la mujer en zona sur obtiene histórica sentencia

Sábado 30 Junio 2018

Fiscalía de la mujer en zona sur, obtiene histórica sentencia de 126 años y 6 meses contra acusado de secuestro exprés, violación y robo agravado

<p class="MsoNormal"><strong>Chetumal, Quintana Roo; 29 de junio del 2018.-</strong> La<span style="mso-spacerun: yes;">&nbsp; </span>Fiscal&iacute;a General del Estado,<span style="mso-spacerun: yes;">&nbsp; </span>a trav&eacute;s<span style="mso-spacerun: yes;">&nbsp; </span>de la Fiscal&iacute;a Especializada para la Atenci&oacute;n de Delitos Contra la Mujer y por Razones de G&eacute;nero Zona Sur informa que, derivado del trabajo realizado por el personal de las &aacute;reas operativas y<span style="mso-spacerun: yes;">&nbsp; </span>las fiscales, lograron una hist&oacute;rica sentencia de 75 a&ntilde;os de prisi&oacute;n en contra de Isa&iacute; Pech Rivero, en agravio de una mujer de identidad reservada, a quien un juez hall&oacute; penalmente responsable de los delitos de secuestro expr&eacute;s, violaci&oacute;n y robo agravado, los hechos ocurrieron el 26 de septiembre del 2016 en la capital del Estado.<br /> En una audiencia de individualizaci&oacute;n de sanciones y reparaci&oacute;n del da&ntilde;o, que se realiz&oacute; con base a la carpeta de Juicio Oral 28/2017, el imputado fue condenado por la autoridad jurisdiccional a 75 a&ntilde;os de prisi&oacute;n por el delito de secuestro expr&eacute;s; 37 a&ntilde;os y 6 meses por el il&iacute;cito de violaci&oacute;n, as&iacute; como 12 a&ntilde;os de privaci&oacute;n de la libertad por su responsabilidad en el delito de robo agravado. Lo anterior hace una suma de 126 a&ntilde;os y 6 meses de reclusi&oacute;n, lo que representa la sentencia m&aacute;s larga obtenida en la Fiscal&iacute;a Especializada en Atenci&oacute;n de Delitos Contra la Mujer y por Razones de G&eacute;nero en el Estado de Quintana Roo por los delitos mencionados.<br /> La Juez estableci&oacute; que el hombre compurgar&aacute; 75 a&ntilde;os de acuerdo con los m&aacute;ximos establecidos en la Ley General para Prevenir y Sancionar los delitos en materia de Secuestro, reglamentaria de la Fracci&oacute;n<span style="mso-spacerun: yes;">&nbsp; </span>XXI del numeral 73 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica de los Estados Unidos Mexicanos.<br /> Es importante se&ntilde;alar que al acusado se le sentenci&oacute; al pago de una multa de $1, 047,393.06, as&iacute; como de $98, 461.48 por concepto de reparaci&oacute;n del da&ntilde;o en su aspecto material, y<span style="mso-spacerun: yes;">&nbsp; </span>$15, 000.00 por la reparaci&oacute;n del da&ntilde;o en su aspecto moral. Tambi&eacute;n se le decomis&oacute; un arma de fuego, por lo que la Juez orden&oacute; que dicha arma sea resguardada en la bodega de evidencias y sea entregada a la Secretar&iacute;a de la Defensa Nacional.</p> <p class="MsoNormal"><strong>(REDACCI&Oacute;N FQ)</strong></p> <p class="MsoNormal">&nbsp;</p>

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