Corte invalida Ley de Seguridad por el riesgo que implica convertir a militares en policías

Viernes 16 Noviembre 2018

El Presidente de la Corte dijo que se evitó un mal mayor pero que sí se requiere una norma que regule a las fuerzas armadas. Los argumentos de los ministros se resumen en tres puntos principales.

<p class="MsoNormal">Con una votaci&oacute;n de 9 ministros a favor y uno en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Naci&oacute;n (SCJN) declar&oacute; oficialmente la inconstitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior (LSI) con la cual se buscaba regular la participaci&oacute;n de las fuerzas armadas en tareas de seguridad y combate a la delincuencia.<br /> La anulaci&oacute;n se perfilaba desde el pasado martes cuando seis ministros ya hab&iacute;an mostrado su rechazo a avalar esta ley y hoy, con la intervenci&oacute;n de los cinco ministros restantes se confirm&oacute; la decisi&oacute;n. La ministra Margarita Luna Ramos que hab&iacute;a anunciado tambi&eacute;n su voto contra la ley, tuvo que salir del Pleno previo a la votaci&oacute;n, motivo por el cual esta no qued&oacute; 10 a 1.<br /> El &uacute;nico ministro que vot&oacute; a favor de la Ley fue Jorge Pardo Rebolledo, autor del dictamen en el cual se consideraba que la norma no violaba la Constituci&oacute;n siempre y cuando se eliminaran de la misma varios art&iacute;culos. Pero sus colegas consideraron lo contrario.<br /> En la sesi&oacute;n de hoy intervinieron los ministros Luis Mar&iacute;a Aguilar, Alfredo Guti&eacute;rrez Ortiz Mena, Jos&eacute; Fernando Franco, Margarita Luna Ramos y Jorge Pardo. Los argumentos en contra de la ley fueron similares a los expuestos por los otros ministros desde el martes pasado y que se resumen en tres puntos principales:<br /> <br /> <strong>1) CONGRESO NO TEN&Iacute;A FACULTADES PARA LEGISLAR</strong></p> <p class="MsoNormal">El ministro Franco hizo &eacute;nfasis en que la Constituci&oacute;n no habilita de forma alguna al Congreso a legislar sobre hechos que pueden afectar la seguridad p&uacute;blica, campo que es competencia exclusiva del Gobierno federal y de los gobiernos estatales. A&ntilde;adi&oacute; que la LSI intenta inferir que seguridad interior no es lo mismo que seguridad p&uacute;blica pero, a su juicio, esta diferencia no es clara.<br /> &ldquo;La intervenci&oacute;n de las fuerzas armadas no se puede regular de esta forma. La Ley de Seguridad Interior representa una violaci&oacute;n jur&iacute;dica a la seguridad de todos. Por eso procede su invalidez total&rdquo;, se&ntilde;al&oacute;.<br /> Desde el martes pasado algunos ministros hab&iacute;an concordado con este argumento. Incluso el ministro Arturo Zald&iacute;var lo llam&oacute; &ldquo;un fraude a la Constituci&oacute;n&rdquo; al intentar hacer pasar a la seguridad interior como si no fuera seguridad p&uacute;blica.<br /> El ministro Pardo Rebolledo &ndash; el &uacute;nico que consideraba a la LSI constitucional &ndash; se&ntilde;al&oacute; en su intervenci&oacute;n de hoy que no estaba de acuerdo con esta idea.<br /> &ldquo;El cat&aacute;logo de amenazas que inclu&iacute;a la Ley permit&iacute;a diferenciar que se consideraba seguridad interior a diferencia de la seguridad p&uacute;blica (&hellip;) Por eso no comparto que el Congreso haya incurrido en un il&iacute;cito no tipificado denominado aqu&iacute; fraude a la Constituci&oacute;n&rdquo;, dijo Guti&eacute;rrez.</p> <p class="MsoNormal"><strong>2) VOLVER A LOS SOLDADOS POLIC&Iacute;AS</strong></p> <p class="MsoNormal">En sus intervenciones de hoy los ministros Franco y Guti&eacute;rrez Mena se refirieron a otro argumento expuesto desde el martes pasado: el que la LSI abre la puerta para normalizar el hecho de que el Ej&eacute;rcito intervenga en tareas de seguridad p&uacute;blica, hecho que solo es legal y constitucional si se aplica a situaciones excepcionales, pero no como regla.<br /> &ldquo;Las facultades de las fuerzas armadas tienen que estar delimitadas con la excepcionalidad que limite su actuaci&oacute;n. La Ley de Seguridad Interior no precisa que clases de acciones espec&iacute;ficas puede hacer el ej&eacute;rcito, y quedan abiertas las preguntas de si los militares pueden hacer arrestos o cateos&rdquo;, dijo Guti&eacute;rrez.<br /> Este argumento fue refutado por el ministro Pardo quien sostuvo que la LSI se&ntilde;alaba que la intervenci&oacute;n del Ej&eacute;rcito solo se dar&iacute;a si primero quedaban rebasadas las fuerzas civiles de seguridad y si un gobierno estatal expresamente lo solicitaba.</p> <p class="MsoNormal"><strong>3) EL &ldquo;FAST-TRACK&rdquo; DEL CONGRESO</strong></p> <p class="MsoNormal">A diferencia de varios de sus colegas la ministra Margarita Luna Ramos consider&oacute; que el Congreso s&iacute; ten&iacute;a facultades para legislar en materia de seguridad interior, postura en la que tambi&eacute;n coincidi&oacute; el ministro Presidente de la Corte, Luis Mar&iacute;a Aguilar.<br /> Sin embargo, la ministra Luna consider&oacute; que la LSI es inconstitucional debido a las irregularidades en el proceso de formulaci&oacute;n y aprobaci&oacute;n en el Congreso, el cual se hizo de forma apresurada sin que algunos diputados y senadores pudieran conocer siquiera el dictamen para analizarlo. Este argumento fue expuesto tambi&eacute;n el martes pasado por la ministra Norma Pi&ntilde;a.<br /> &ldquo;Si bien no existe un plazo m&iacute;nimo marcado para que un dictamen se reparta y luego apruebe es claro que en este caso el dictamen fue votado el mismo d&iacute;a en que se entreg&oacute;, lo cual puede vulnerar la deliberaci&oacute;n democr&aacute;tica que se requiere&rdquo;, dijo la ministra.<br style="mso-special-character: line-break;" /> <!-- [if !supportLineBreakNewLine]--><br style="mso-special-character: line-break;" /> <!--[endif]--></p> <p class="MsoNormal" style="text-align: center;"><strong>SE EVIT&Oacute; MAL MAYOR PERO SE REQUIERE UNA NORMA: PRESIDENTE DE LA SCJN</strong></p> <p class="MsoNormal">El ministro presidente de la SCJN, Luis Mar&iacute;a Aguilar Morales, fue uno de los que vot&oacute; en contra de la constitucionalidad de la Ley de Seguridad Interior aunque lo hizo por razones distintas a la de la mayor&iacute;a de los otros ministros.<br /> En su intervenci&oacute;n en el debate Aguilar concord&oacute; con el proyecto planteado con el ministro Pardo en el sentido de que el Congreso si ten&iacute;a facultades para legislar en la materia y que, a su juicio, s&iacute; se distingu&iacute;a adecuadamente los conceptos de seguridad interior y de seguridad p&uacute;blica. Tambi&eacute;n concord&oacute; en que era conveniente anular varios art&iacute;culos como expon&iacute;a el proyecto.<br /> No obstante el presidente de la Corte hizo &eacute;nfasis en que la anulaci&oacute;n de estos art&iacute;culos dejar&iacute;a desarticulada a una ley que no fue pensada sin ellos, situaci&oacute;n que no solo la volv&iacute;a poco pr&aacute;ctica sino peligrosa.<br /> &ldquo;Una ley desarticulada puede generar un mal mayor a la actuaci&oacute;n de las fuerzas armadas. Peor el contexto no se puede ignorar y debe construirse otra norma (&hellip;) Por eso me inclino por la invalidez total&rdquo;, dijo el ministro.<br /> En ese mismo sentido se refiri&oacute; el ministro Pardo al ratificar su proyecto pues sostuvo que es urgente darle un marco de certeza y legalidad a la actuaci&oacute;n de las fuerzas armadas.</p> <p class="MsoNormal"><strong>(FUENTE: ANIMAL POL&Iacute;TICO)</strong></p>

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