Presenta el senador José Luis Pech decreto de reforma del artículo tercero para garantizar mayor inversión para ciencia, tecnología e innovación

Miércoles 05 Diciembre 2018

En la actualidad México sólo destina 0.50% de su PIB para el sector y eso propicia la dependencia tecnología del país, con las subsecuentes afectaciones al desarrollo económico.

<p class="MsoNormal"><strong>CIUDAD DE M&Eacute;XICO, 4 de diciembre.-</strong> Con el fin de que M&eacute;xico sea m&aacute;s competitivo ante el mundo y gane mayor independencia para su crecimiento y desarrollo econ&oacute;mico, el senador Jos&eacute; Luis Pech V&aacute;rguez present&oacute; esta tarde ante el pleno del Senado de la Republica, la Iniciativa con Proyecto de Decreto para la Reforma del Art&iacute;culo Tercero, Fracci&oacute;n V de la Constituci&oacute;n de los Estados Unidos Mexicanos, con el que se impulsa la inversi&oacute;n p&uacute;blica y privada para el desarrollo cient&iacute;fico y tecnol&oacute;gico, mediante el otorgamiento de un presupuesto progresivo e irreductible para Ciencia, Tecnolog&iacute;a e Innovaci&oacute;n.<br /> La iniciativa que present&oacute; en la tribuna del Senado de la Republica el legislador quintanarroense, es una propuesta que elabor&oacute; en conjunto con el senador Gilberto Herrera Ru&iacute;z, quien pidi&oacute; licencia para asumir el cargo de coordinador estatal de Programas de Desarrollo de Quer&eacute;taro, y fue abollada en el pleno por la fracci&oacute;n parlamentaria de Morena.<br /> El senador Pech V&aacute;rguez, quien es secretario de la Comisi&oacute;n de Ciencia y Tecnolog&iacute;a del Senado, explic&oacute; que M&eacute;xico es un pa&iacute;s con una gran dependencia tecnol&oacute;gica, lo que representa una enorme desventaja, al grado que lo &uacute;nico que ofrece en la actualidad como capacidad para competir en el exterior, se basa en la mano de obra barata y el uso mayoritario de patentes o dise&ntilde;os industriales de otros pa&iacute;ses.<br /> Puntualizo que &ldquo;para que un pa&iacute;s logre soberan&iacute;a econ&oacute;mica, requiere producir conocimiento y tecnolog&iacute;as capaces de transformarse en bienes o servicios de valor que generan actividad econ&oacute;mica. Existe un c&iacute;rculo virtuoso entre conocimiento, innovaci&oacute;n, productos de valor y soberan&iacute;a econ&oacute;mica&rdquo;.<br /> Agreg&oacute; que &ldquo;somos un pa&iacute;s con una gran dependencia tecnol&oacute;gica. Y la inversi&oacute;n que realizan, el sector p&uacute;blico y privado, en Ciencia y Tecnolog&iacute;a apenas alcanzaba, en 2015, el 0.50 por ciento del PIB contra el 1.6 de Canad&aacute; y el 2.8 por ciento de Estados Unidos. Por no hablar de Jap&oacute;n, Corea e Israel que invierten 3.5, 4.20 y 4.29 por ciento, respectivamente&rdquo;.<br /> Explic&oacute; Pech V&aacute;rguez que &ldquo;actualmente en M&eacute;xico, de la inversi&oacute;n total en Ciencia, Tecnolog&iacute;a e Innovaci&oacute;n, el gobierno aporta el 78 por ciento, mientras que la inversi&oacute;n privada, externa y acad&eacute;mica apenas alcanza el 22 por ciento&rdquo;, cifras que tambi&eacute;n contrastan con lo que ocurre en los pa&iacute;ses m&aacute;s desarrollados tecnol&oacute;gicamente, que tienen esa relaci&oacute;n de manera inversa, como son los casos de<span style="mso-spacerun: yes;">&nbsp; </span>Canad&aacute; y Estados Unidos, donde la inversi&oacute;n del sector privado, externo y acad&eacute;mico, representan el 65.4 y el 76%, respectivamente; en tanto que en Jap&oacute;n, Corea del Sur e Israel, este mismo sector invierte aproximadamente el 80 por ciento, y deja al sector p&uacute;blico una inversi&oacute;n promedio de s&oacute;lo 20 por ciento. <br /> Dijo el senador Pech que el &ldquo;poder p&uacute;blico debe actuar en doble sentido: incentivando la inversi&oacute;n en Ciencia, Tecnolog&iacute;a e Innovaci&oacute;n, tanto desde la perspectiva p&uacute;blica como la privada, en el marco de una econom&iacute;a de mercado. Es necesario desarrollar y consolidar pol&iacute;ticas p&uacute;blicas que armonicen los esfuerzos del Estado, la sociedad, los centros de investigaci&oacute;n, las universidades y las empresas&rdquo;.<br /> Agreg&oacute; que la inversi&oacute;n en estas &aacute;reas, &ldquo;no debe ser una actividad residual, sino el elemento que dinamice la inversi&oacute;n, favoreciendo la confianza y vinculaci&oacute;n de las empresas mexicanas en sus instituciones de investigaci&oacute;n pura o aplicada&rdquo;.<br /> Esta es la, raz&oacute;n, indic&oacute;, por la que &ldquo;consideramos necesario modificar la Fracci&oacute;n V del Art&iacute;culo Tercero de nuestra Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica, propiciando que el Estado Mexicano establezca las bases necesarias para que el monto destinado por sector p&uacute;blico y privado al desarrollo cient&iacute;fico, tecnol&oacute;gico y a la innovaci&oacute;n sea progresivo e irreductible. De esta manera, se busca materializar un entorno cient&iacute;fico de calidad, la independencia cient&iacute;fica y tecnol&oacute;gica y sentar las bases de un desarrollo econ&oacute;mico y social sostenible&rdquo;.</p> <p class="MsoNormal"><span style="mso-spacerun: yes;">&nbsp;</span>La propuesta de Proyecto de Decreto es la siguiente:</p> <p class="MsoNormal" style="text-align: center;"><span style="mso-spacerun: yes;">&nbsp;</span><strong>PROYECTO DE DECRETO</strong></p> <p class="MsoNormal"><span style="mso-spacerun: yes;">&nbsp;</span>ART&Iacute;CULO PRIMERO. - Se reforma la fracci&oacute;n V del art&iacute;culo 3 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica de los Estados Unidos Mexicanos-</p> <p class="MsoNormal">Art&iacute;culo 3.- Toda persona tiene derecho a recibir educaci&oacute;n (&hellip;)</p> <p class="MsoNormal">V.- Adem&aacute;s de impartir la educaci&oacute;n preescolar, primaria, secundaria y media superior, se&ntilde;aladas en el primer p&aacute;rrafo, el Estado promover&aacute; y atender&aacute; todos los tipos y modalidades educativos -incluyendo la educaci&oacute;n inicial y a la educaci&oacute;n superior- necesarios para el desarrollo de la naci&oacute;n, apoyar&aacute; la investigaci&oacute;n cient&iacute;fica y tecnol&oacute;gica, y alentar&aacute; el fortalecimiento y difusi&oacute;n de nuestra cultura. Asimismo, el Estado establecer&aacute; las bases para la inversi&oacute;n del sector p&uacute;blico y privado en el desarrollo cient&iacute;fico y tecnol&oacute;gico, a fin de garantizar el desarrollo social y econ&oacute;mico sostenido, otorgando un presupuesto progresivo e irreductible para Ciencia, Tecnolog&iacute;a e Innovaci&oacute;n.</p> <p class="MsoNormal" style="text-align: center;"><strong>TRANSITORIOS</strong></p> <p class="MsoNormal">PRIMERO. El presente Decreto entrar&aacute; en vigor el d&iacute;a siguiente de su publicaci&oacute;n en el Diario Oficial de la Federaci&oacute;n.</p> <p class="MsoNormal">SEGUNDO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a las reformas establecidas en el presente Decreto.</p> <p class="MsoNormal"><strong>(REDACCI&Oacute;N FQ)</strong></p>

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