Jueves 13 Abril 2023
SENSIBILIZAR A LAS PARTES PROCESALES PARA QUE SOLICITEN EL DESAHOGO DE PRUEBA ANTICIPADA, TEMA DE FORO
CANCÚN, Q. ROO.- Desahogar pruebas anticipadas en delitos sexuales cometidos contra niños, niñas y adolescentes para no generar impunidad, pero sobre todo, proteger a los menores, fue el tema principal de la conferencia “Prueba Anticipada”, sustentada por la Jueza Teresa Isabel López, y realizada en el Palacio de Justicia de esta ciudad.
En reunión convocada por la Confederación de Colegios y Asociaciones de Abogados de México (Concam) y la Escuela Judicial del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), a la que asistieron profesionistas del derecho, la ponente resaltó que esta prueba se desahoga ante un tribunal de enjuiciamiento, pero de manera anticipada se atiende por tres hipótesis, 1. Por vivir en el extranjero, esto es, que el testigo viva en el extranjero y pueda acudir a la etapa de juicio; 2. Por temer por su muerte, y 3, por cuestiones de salud.
Durante la plática, la juzgadora condenó el hecho de que de los delitos sexuales cometidos contra niños, niñas y adolescentes, en el 65 por ciento de los casos se dictan sentencias absolutorias, debido a que en la etapa de juicio oral, que es cuando se emite una sentencia, “si la víctima no llega, trae como consecuencia una sentencia absolutoria porque no puede hacerse el señalamiento para acreditar la plena responsabilidad del acusado”.
De ahí la importancia, insistió, de sensibilizar a las partes procesales para que soliciten el desahogo de la prueba anticipada, ya que el porcentaje del que hablamos no es responsabilidad del juez o del tribunal de juicio oral, sino de que si no llega el niño, de acuerdo a las reglas que establece nuestro proceso penal acusatorio, no hay señalamiento para poder acreditar la plena participación del acusado
Evidentemente, hay dictamen ginecológico que determina la existencia de una cópula, y también la documental para acreditar la minoría de edad, pero la entrevista del menor que se tiene que desahogar ante el juez oral no se tiene, y esa es la prueba fundamental para acreditar plenamente el hecho.
Entonces, aclaró, es una prueba que rige los principios ante un juez de juicio oral, pero que se desahoga ante un juez diverso, en relación al principio de inmediación, y se da en el sistema penal acusatorio, además, con esto a la sociedad se le da certeza jurídica de que no se genera impunidad porque hay un mecanismo llamado Prueba Anticipada que podemos justificar y que un juez de control puede desahogar.
Desahogar pruebas anticipadas en delitos sexuales cometidos contra niños, niñas y adolescentes para no generar impunidad.
Nota escrita por:
Martes 27 Mayo 2025